Seguros de olivar

Seguros de olivar que te protegen frente al pedrisco, y otros posibles daños no controlables. Protege la producción, plantación e instalaciones, e incluso tu cultivo de aceitunas de mesa. Precios atractivos y distintos módulos a elegir.

Pide presupuesto
Inicio > Seguros agrarios > Seguros de olivar

Seguro de olivar: fracciona el pago de la prima

 Nuestro seguro de olivar te permite proteger tu producción de aceitunas frente a las temidas pérdidas no controlables. Además, es un seguro que te ofrece distintas ventajas. Por un lado, con él podrás asegurar 2 cosechas consecutivas, ahorrándote un nuevo trámite cada año. Por otro, te permite fraccionar el pago de la prima.

 Este seguro de olivar protegerá tu producción frente a los daños provocados por el pedrisco, así como frente a otros riesgos climáticos que no están bajo tu control. La fecha en que podrás contratarlo dependerá del módulo que escojas (de cuyas prestaciones te informaremos más adelante):

    • Módulos 1A, 1B, 2A y 2B: Desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre.
    • Módulo P:
      • Con cobertura de resto de adversidades climáticas en plantación: desde el 01/09 hasta el 30/11.
      • Sin cobertura de resto de adversidades climáticas: desde el 15/03 hasta el 30/06 (en Andalucía, Castilla La Mancha, Extremadura, Región de Murcia y Comunidad Valenciana. En comunidades autónomas distintas, la fecha final será hasta el 15/07).

¿Qué riesgos y daños cubre este seguro de olivar?

 Con este seguro de olivar, tu producción de aceitunas quedará cubierta frente a los siguientes riesgos y daños:

    • En producción, plantación e instalaciones: te cubrirá cualquier daño en la cantidad provocado por los riesgos de pedrisco, riesgos excepcionales (ataque de fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado), así como por el riesgo del resto de adversidades climáticas.
    • Cultivo de aceituna de mesa: te cubrirá los daños en la cantidad provocados por el riesgo de pedrisco, así como la pérdida en aptitud provocada por el riesgo del resto de adversidades climáticas, según variedad.

Distintos módulos para tu seguro de olivar

Te ofrecemos distintos módulos para tu seguro de olivar, para que puedas encontrar aquel que mejor se adapte a tus necesidades particulares.

  • Módulo 1A: De contratación bienal, cubre todos los riesgos por explotación, con indemnización anual.
    • Plantación en producción de 1º año:
      • Producción: tanto en pedrisco, riesgos excepcionales y resto de adversidades climáticas, un 100% de capital asegurado. Cálculo de indemnización anual por explotación (Comarca), con una franquicia deducible de 60€.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización de forma anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantación en producción de 2º año:
      • Producción: tanto en pedrisco, riesgos excepcionales y resto de adversidades climáticas, un 100% de capital asegurado. Cálculo de indemnización anual por explotación (Comarca), con una franquicia deducible de 60€.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización de forma anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 1º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 2º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Instalaciones de 1º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.
    • Instalaciones de 2º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.

 

  • Módulo 1B: De contratación bienal, cubre todos los riesgos por explotación, con indemnización bienal.
    • Plantación en producción de 1º año:
      • Producción: tanto en pedrisco, riesgos excepcionales y resto de adversidades climáticas, un 100% de capital asegurado. Cálculo de indemnización bienal por explotación (Comarca), con una franquicia deducible de 60€, y una cobertura elegible del 70%, 80% o 90%.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización de forma anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantación en producción de 2º año:
      • Producción: tanto en pedrisco, riesgos excepcionales y resto de adversidades climáticas, un 100% de capital asegurado. Cálculo de indemnización bienal por explotación (Comarca), con una franquicia deducible de 60€, y una cobertura elegible del 70%, 80% o 90%.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización de forma anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 1º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 2º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización anual, en función de la explotación (Comarca). Un mínimo indemnizable del 30%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Instalaciones de 1º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.
    • Instalaciones de 2º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.

 

  • Módulo 2A: De contratación bienal, cubre riesgos por explotación y por parcela, con indemnización anual.
    • Plantación en producción de 1º año:
      • Producción:
        • Pedrisco: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 10%, y una franquicia de daños del 10%.
        • Riesgos excepcionales: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
        • Resto de adversidades climáticas: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización anual según explotación (Comarca), y una franquicia deducible de 60€.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantación en producción de 2º año:
      • Producción:
        • Pedrisco: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 10%, y una franquicia de daños del 10%.
        • Riesgos excepcionales: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
        • Resto de adversidades climáticas: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización anual según explotación (Comarca), y una franquicia deducible de 60€.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 1º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización en función de la parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 2º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización en función de la parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Instalaciones de 1º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.
    • Instalaciones de 2º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.

 

  • Módulo 2B: De contratación bienal, cubre el resto de adversidades climáticas, con indemnización bienal.
    • Plantación en producción de 1º año:
      • Producción:
        • Pedrisco: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 10%, y una franquicia de daños del 10%.
        • Riesgos excepcionales: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
        • Resto de adversidades climáticas: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización bien a según explotación (Comarca). Una franquicia deducible de 60€, y una cobertura elegible del 70%, 80% o 90%.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantación en producción de 2º año:
      • Producción:
        • Pedrisco: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 10%, y una franquicia de daños del 10%.
        • Riesgos excepcionales: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
        • Resto de adversidades climáticas: 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización bienal según explotación (Comarca). Una franquicia deducible de 60€, y una cobertura elegible del 70%, 80% o 90%.
      • Plantación: cubiertos los mismos riesgos en producción citados anteriormente. 300% del capital asegurado, calculándose la indemnización según parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 1º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización en función de la parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones de 2º año: en plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización en función de la parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Instalaciones de 1º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.
    • Instalaciones de 2º año: en todo tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos en producción citados, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela. Sin franquicia.

 

  • Módulo P: Cubre riesgos nominados por parcela.
    • Plantación en producción:
      • Producción:
        • Pedrisco: 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela, un mínimo indemnizable del 10% y una franquicia por daños del 10%.
        • Riesgos excepcionales: 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela, un mínimo indemnizable del 20% y una franquicia absoluta del 20%.
      • Plantación: cubre pedrisco, riesgos excepcionales y el resto de adversidades climáticas. 100% del capital asegurado, calculándose la indemnización en función de la parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Plantones: en plantación, cubiertos pedrisco, riesgos excepcionales y el resto de adversidades climáticas. 100% del capital asegurado, con cálculo de indemnización en función de la parcela. Un mínimo indemnizable del 20%, y una franquicia absoluta del 20%.
    • Instalaciones: para cualquier tipo de plantación, cubiertos todos los riesgos citados de producción, así como cualquier otro riesgo climático. 100% del capital asegurado, con un cálculo de indemnización según parcela, y sin franquicia.

 

Si tienes cualquier duda, o si quieres aclarar algún detalle acerca de cualquier módulo, contáctanosEstaremos encantados de ayudarte. Es nuestro trabajo.

 

Seguro de olivar: sus subvenciones y bonificaciones

 Al contratar nuestro seguro de olivar podrás beneficiarte de las subvenciones que, a través de ENESA, concede el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Estas pueden llegar a:

    • Módulos 1A-1B: 75%
    • Módulos 2A-2B: 46%
    • Módulo P: 28% 

 

 Podemos ayudarte a conocer la subvención que te correspondería en función de las características de tu explotación, así como informarte acerca de las posibles subvenciones de tu Comunidad Autónoma.

 Las bonificaciones quedarán establecidas en base a tus propios resultados, pudiendo llegar a obtener hasta un 25% de bonificación sobre la prima del seguro para el módulo P.

Preguntas frecuentes sobre seguros de olivar

¿Qué es un seguro de olivar?

Un seguro de olivar es un producto de protección, con el cual tu producción de aceitunas queda protegida frente a las pérdidas causadas por eventos no controlables. Con él ganas en tranquilidad, no poniendo en riesgo ni tu esfuerzo ni tu economía.

¿Qué cubre un seguro de olivar?

Un seguro de olivar cubre, tanto en producción, plantación como en instalaciones, cualquier daño en la cantidad de aceitunas provocado por el riesgo de pedrisco u otros riesgos climáticos (como incendios o lluvias dañinas, por citar algunos ejemplos). También cubre daños en la cantidad y calidad de las aceitunas de mesa.

¿Cuánto cuesta un seguro de olivar?

El seguro de olivar cuenta con distintos módulos, cada uno de ellos con un precio distinto. El coste dependerá de tu elección. Cada uno ofrece prestaciones y coberturas distintas. También debes de saber que puedes beneficiarte de subvenciones y bonificaciones que conceden las administración públicas

Protégete con un seguro que se ajusta a ti.

Te asesoramos sin ningún compromiso con las mejores aseguradoras.

Protegemos lo que te importa.

Otros seguros agrícolas

Seguro de aceituna