Seguro de Níspero y Otros Frutales

Te informamos de los cultivos cubiertos con este seguro, como el castaño o el granado en diferentes módulos. Además, mostramos las subvenciones a las que te puedes acoger.

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Los cultivos que quedan cubiertos con este seguro son: castaño, endrino, granado, higuera, níspero, kiwi, membrillo y el azufraino. 

¿Cuándo puedo contratar este seguro?

Dependiendo del cultivo, podrás contratarlo en una fecha diferente. Así: 

  • El azufraino se puede contratar el 1 de diciembre de 2021 y termina el 15 de mayo de 2022. 
  • El castaño inicia el 1 de septiembre de 2021 y finaliza el 31 de julio de 2022.
  • El granado da comienzo el 15 de enero de 2022 y da fin el 30 de abril de 2022. 
  • Dentro de la higuera, la breva: inicia el 1 de septiembre de 2021 y termina el 30 de abril de 2022, mientras que el higo: comienza en la misma fecha, pero finaliza el 15 de junio de 2022. 
  • Los kiwis, por su parte, inician el 1 de septiembre de 2021 y terminan el 3 de marzo de 2022.
  • Los nísperos comienzan el 1 de septiembre de 2021 y da fin el 15 de noviembre del mismo año.
  • Finalmente, el membrillo, inicia el 15 de noviembre de 2021 y finaliza el 31 de enero de 2022.
  • Ten en cuenta que, el endrino en los módulos 1 y 2 inicia el 1 de septiembre de 2021 y finaliza el 28 de febrero de 2022, mientras que en el módulo P, comienza el 1 de marzo de 2021 y termina el 31 de mayo de 2022. 

Opciones de aseguramiento para níspero y otros frutos rojos 

Te explicamos las diferentes posibilidades para este seguro, podrás elegir entre 3 módulos u opciones: el módulo 1, el 2 o el módulo P. 

  • En el módulo 1 dispondrás de todos los riesgos por explotación. Se divide principalmente por el tipo de plantación en: Plantación en producción, plantones y todo tipo de plantaciones
    • Dentro del primer tipo de plantación se divide por el tipo de cultivo en: 
      • Endrino y kiwi. Divide su garantía en producción y plantación: 

Producción: con riesgos cubiertos por pedrisco, riesgos excepcionales, heladas y resto de adversidades climáticas. 

Plantación: Con mínimo indemnizable del 30% y franquicia absoluta del 30%, y todos los riesgos cubiertos mencionados en la producción. 

  • Membrillo y níspero. Con producción y plantación como garantía. 

Producción: Con los mismos riesgos que los mencionados en la producción anterior, el mínimo indemnizable y una franquicia absoluta del 30%. 

Plantación con todos los miembros cubiertos de la producción el mínimo indemnizable del 30% y una franquicia absoluta del 20%

  • Higuera, azufaifo, castaño y granado, también con garantía sobre la producción y la plantación. 

Producción: Con el mínimo indemnizable y una franquicia absoluta del 30%.

Plantación, con todos los riesgos mencionados en la producción anterior, el mínimo indemnizable del 30% y una franquicia absoluta del 20%.

  • Dentro de los plantones se cubren todos los cultivos y cubre la garantía de plantación. Los riesgos son los mismos que los mencionados en la producción. El mínimo indemnizable es del 30%, mientras que la franquicia absoluta es del 20%. 

Tanto en la plantación en producción como en los plantones el cálculo de la indemnización se hará por parcela. 

  • En cuanto al último tipo de plantación: todas las plantaciones, cuenta con una garantía sobre las instalaciones para todos los cultivos. Aquí quedan cubiertos todos los riesgos de la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático. 

El cálculo de indemnización es por parcela y no hay franquicia. 

Te recordamos que el mínimo indemnizable será la cantidad menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € para cortavientos plásticos, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € estructuras de protección antigranizo, 300 € sistemas de conducción, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego.

En todos los casos el capital asegurado es del 100%. 

 

  • Dentro del módulo 2 dispondrás de todos los riesgos por explotación y por parcela. Se divide principalmente por el tipo de plantación en: Plantación en producción, plantones y todo tipo de plantaciones
    • Dentro del primer tipo de plantación se divide por el tipo de cultivo en: 
      • Endrino, con garantía sobre la producción y plantación.

Producción: con los riesgos cubiertos de pedrisco (cálculo de indemnización por parcela, mínimo indemnizable y franquicia del 10%; y helada, resto de adversidades climáticas con cálculo de indemnización por explotación. 

Sus riesgos excepcionales calculan la indemnización por parcela, con un mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 20%.

Plantación: Con todos los riesgos anteriores, el cálculo de la indemnización por parcela y mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 20%.

  • Kiwi. Divide su garantía en producción y plantación: 

Producción: con riesgos cubiertos por:

  • pedrisco, con mínimo indemnizable y franquicia de daños del 10%. Cálculo de indemnización por parcela. 
  •  Riesgos excepcionales, con cálculo de indemnización por parcela, mínimo indemnizable y franquicia daños de 20%. 
  • Helada con el capital asegurado del 80%, cálculo de la indemnización por parcela, y mínimo indemnizable y franquicia daños del 10%.
  • Resto de adversidades climáticas. Con cálculo de indemnización por explotación y un 70% garantizado. 

Plantación: Con mínimo indemnizable del 20% y franquicia absoluta del 20%, y todos los riesgos cubiertos mencionados en la producción. El cálculo de la indemnización será por parcela. 

  • Membrillo y níspero. Con producción y plantación como garantía. Producción: Con los siguientes riesgos cubiertos: 
    • Pedrisco, Con cálculo de indemnización por parcela, mínimo indemnizable y franquicia de daños del 10%.
    • Helada, resto de adversidades climáticas, con el cálculo de la indemnización por explotación. Mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 30%.
    • Riesgos excepcionales, Con cálculo de indemnización por parcela, mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 20%.

Plantación: con todos los riesgos cubiertos de la producción el mínimo indemnizable del y una franquicia absoluta del 20%. El cálculo de la indemnización es por parcela. 

  • Azufraino, castaño, higuera y granado. Con producción y plantación como garantía. Producción: Con los siguientes riesgos cubiertos: 
    • Pedrisco: con cálculo de indemnización por parcela, mínimo indemnizable y franquicia de daños del 10%. Para el cultivo de Granado será del 30% para los daños en cantidad ocasionados por los siniestros de pedrisco anteriores al 15 de mayo.
    • Resto de adversidades climáticas, con el cálculo de la indemnización por explotación. Mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 30%.
    • Riesgos excepcionales, con cálculo de indemnización por parcela, mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 20%.

Plantación. El cálculo de la indemnización es por parcela. Quedan cubiertos todos los riesgos dados en la producción el mínimo indemnizable del y una franquicia absoluta del 20%. 

  • Dentro de los plantones se cubren todos los cultivos. Los riesgos son los mismos que los mencionados en la producción. El mínimo indemnizable es del 20%, mientras que la franquicia absoluta es del 20%. La garantía para los plantones es la plantación. 
  • En cuanto al último tipo de plantación: todas las plantaciones, ofrece cobertura de garantía sobre las instalaciones para todos los cultivos. Aquí, quedan cubiertos todos los riesgos de la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático. 

El cálculo de indemnización es por parcela y sin franquicia. 

Te recordamos que el mínimo indemnizable será la cantidad menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € para cortavientos plásticos, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € estructuras de protección antigranizo, 300 € sistemas de conducción, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego.

Si no te indicamos lo contrario, en todos los casos el capital asegurado es del 100%.

  •  Para la opción 3 dispondrás de todos los riesgos por parcela. Se divide principalmente por el tipo de plantación en: Plantación en producción, plantones y todo tipo de plantaciones
    • Dentro del primer tipo de plantación se divide en producción y plantación. 

Por el tipo de riesgo cubierto en la producción encontramos: 

  • Pedrisco, sobre los cultivos de azufaifo, endrino, membrillo, kiwi, níspero, castaño, granado e higuera. Con cálculo de la indemnización por parcela y mínimo indemnizable y franquicia de daños del 10%. 

Para el cultivo de Granado será del 30% para los daños en cantidad ocasionados por los siniestros de pedrisco anteriores al 15 de mayo.

Sus riesgos excepcionales calculan la indemnización por parcela, con un mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 20%.

  • Riesgos excepciones. Sobre de azufaifo, endrino, membrillo, kiwi, níspero, castaño, granado e higuera. Con cálculo de la indemnización por parcela y mínimo indemnizable y franquicia de daños del 20%. 
  • Helada. Protege los cultivos de kiwi, membrillo y níspero, con el capital asegurado del 80%, cálculo de la indemnización por parcela y franquicia absoluta y mínimo indemnizable del 20%. En kiwi para heladas es un 10%.

Plantación: con todos los riesgos cubiertos de la producción. El mínimo indemnizable y una franquicia absoluta del 20%. El cálculo de la indemnización es por parcela. 

  • Dentro de los plantones se garantiza la plantación para todos los cultivos y con todos los riesgos cubiertos en la producción. El mínimo indemnizable es del 20%, mientras que la franquicia absoluta es del 20%. El cálculo de la indemnización es por parcela. 
  • En cuanto al último tipo de plantación: todas las plantaciones, ofrece cobertura de garantía sobre las instalaciones para todos los cultivos. Aquí, quedan cubiertos todos los riesgos de la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático. 

Te recordamos que el mínimo indemnizable será la cantidad menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € para cortavientos plásticos, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € estructuras de protección antigranizo, 300 € sistemas de conducción, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego.

El cálculo de indemnización es por parcela y sin franquicia.

Subvenciones y bonificaciones a las que te puedes acoger

En cuanto a las subvenciones y bonificaciones, te recomendamos que consultes a tu mediador los suplementos que pueden concederse en función de la comunidad autónoma

Ten en cuenta que es el ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de Enesa, quien concede diferentes subvenciones que pueden llegar hasta el 75% en el caso del módulo 1, hasta el 44% la opción 2 y el 28% en el módulo P. 

Preguntas frecuentes sobre seguros de Níspero y Otros Frutales

¿Qué es un seguro de Níspero y Otros Frutales?

Un seguro para para níspero y otros frutales es un servicio completo que puedes contratar para tener protegidas tus producciones, plantaciones e instalaciones. 

¿Qué cubre un seguro de Níspero y Otros Frutales?

Este seguro cubre los cultivos de castaño, endrino, granado, higuera, níspero, kiwi, membrillo y azufraino.

¿Cuánto cuesta un seguro de Níspero y Otros Frutales?

Debes conocer las subvenciones a las que te puedes acoger, dadas por el ministerio y por tu comunidad. Además, puedes escoger entre 3 módulos de aseguramiento y dependiendo del módulo contratado tendrá un coste u otro. 

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